¿QUÉ ES EL CÓDIGO DE AGUAS?

¿QUÉ ES EL CÓDIGO DE AGUAS?

Conozca los alcances de la ley vigente y el avance hacia la nueva legislación que buscando cuidar el elemento vital.

El agua es un elemento vital. No está en duda la importancia que tiene para el desarrollo de la sociedad, es decir que ese punto no se debate, pero lo que si se discute es que si el Estado la garantiza o no como un derecho fundamental de la población.

Actualmente, la mayor parte de los derechos de aguas en Chile está en manos de privados de forma gratuita y a perpetuidad. El Código que norma el uso de los recursos hídricos permite que se regulen de acuerdo al mercado y la Constitución consagra al agua como un bien privado.

Más allá de no ser considerada trascendental para la humanidad, el agua o no  puede ser tratada como un simple compuesto ni como un elemento importante en la elaboración de estrategias en las empresas. Tampoco puede ser considerada como un recurso natural renovable, o como un bien comercial, una mercancía o un bien económico.

Actualmente en el país existe el llamado Código de Aguas que se formuló bajo el gobierno militar en 1981 el cual sigue vigente. Este código considera a las aguas como un bien social, y a la ve como un bien económico. Separa la propiedad del agua del dominio de la tierra y le transfiere la prerrogativa al Estado de que sea éste quien concede los derechos de aprovechamiento de aguas a privados de forma gratuita y a perpetuidad, dando origen al mercado de las aguas.

Ese mismo cuerpo legal creó dos categorías de derechos de aprovechamiento de aguas: consuntivas y no consuntivas. La diferencia entre ambas radica en la obligatoriedad de devolver o no devolver un caudal al río. Según el Centro de Investigaciones Periodísticas, CIPER, hoy, “el 90% de los derechos de aprovechamiento de aguas consuntivas (no devuelven un caudal al río) se encuentra en manos de empresas mineras y agroexportadoras, mientras que prácticamente el 100% de los derechos de aprovechamiento de aguas no consuntivos (devuelven un caudal al río) se encuentra en manos de transnacionales como ENDESA” consigna un artículo de Rodrigo Mundaca.

El código de aguas establece normas en relación a las Comunidades de Agua, Asociaciones de Canalistas, Juntas de Vigilancia, a la Dirección General de Aguas (DGA) y principalmente, a los derechos de aprovechamiento de aguas.

“ESTAMOS HACIENDO UN PÉSIMO USO DE ELLA”

El pasado 21 de septiembre la comisión de Recursos Hídricos de la Cámara de Diputados finalizó la votación de modificación al Código de Aguas, esta iniciativa que busca priorizar el uso de la función de subsistencia. Esta define el acceso al agua potable y saneamiento como un derecho humano esencial e irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado.

Además, esta modificación establece que siempre prevalecerá el uso para el consumo humano, el uso doméstico de subsistencia y el saneamiento, tanto en el otorgamiento como en la limitación al ejercicio de los derechos de aprovechamiento.

Durante la jornada del miércoles, fue visto este tema en la comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados, en donde el parlamentario local José Pérez, presidente de la citada comisión, explicó que es necesario modificar la ley existente. “Con la reforma al Código de Aguas estamos regulando el derecho a la propiedad del agua y declarando que la prioridad del recurso hídrico es para el consumo humano”, dijo el parlamentario radical.

MÁS TIEMPO

Pérez Arriagada valoró el consenso alcanzado en la comisión en torno a una mirada común sobre el uso del agua para las personas y solicitó a las autoridades quitar la suma urgencia que se le había dado al proyecto pues dijo, “no se nos puede dar dos semanas  para tratar esta materia y hacer un buen trabajo, agregando que es sabido los resultados de trabajos que se han tratado con rapidez y  han obtenido el manifiesto malestar de la ciudadanía”.

En particular, el diputado destacó que se le haya quitado la suma urgencia al proyecto, pues esta es la comisión técnica que debe analizar la reforma, ya que el tema principal de este proyecto es la priorización de usos de la función de subsistencia, lo que asegurará el abastecimiento de agua para la población.

“Con ello, vamos a poder escuchar a las diversas organizaciones, Canalistas, regantes y a todos quienes juegan un rol preponderante en esta acción, pues sabemos que cada vez, hay mayor escasez de agua y sin ella no existe vida”.

De igual forma, reiteró el llamado a estudiar la posibilidad de embalses. ““Tenemos que hacer buen uso del agua y al mismo tiempo iniciar una construcción de embalses, para evitar que las aguas se vayan directo al mar, que es lo que efectivamente está sucediendo, por ello planteamos a estos dos ministerios tomar la medidas del caso con urgencia y en común acuerdo, cuyos logros comenzamos a ver hoy”, puntualizó.

Aclaró- que a su juicio son tres las prioridades del recurso.

“El agua, primero es una necesidad para el consumo humano; segundo, en el riego de los cultivos que producen alimentos  y en tercer lugar, para la generación de energía eléctrica; y ello sólo cuando sea posible y sin dañar a la agricultura, a su entorno y al ecosistema, para no continuar así, con el abuso que hace Endesa de las aguas del lago laja, por ejemplo, algo que hemos reiterado en muchas ocasiones”.

Finalmente, explicó que con esta medida busca regularizar el sistema. “Con esta reforma se regulará el derecho a la propiedad del agua, pues hay personas que tienen derechos de aguas por décadas y nunca las han usado. Estamos convencidos que el agua es un bien nacional de uso público, y para quienes tienen derechos de agua deben tenerlos inscritos y regularizados, pero esto tiene que ser regulado, porque hoy más que nunca hay que hacer un mejor uso de este recurso tan fundamental para la vida en general”.

Fuente: La Tribuna