DESDE UN FAMILIAR FALLECIDO A LOS AHORROS DE UN HIJO: ¿COMO Y QUIENES DEBEN ACLARAR IMPUESTOS?

Más allá de las dudas tradicionales que surgen con la declaración de impuestos, como cuándo y dónde hacerla, con el inicio de la operación renta surgen otras inquietudes sobre temas puntuales, pero no por ello menos habituales, como quién debe declarar los impuestos de una persona fallecida o si la retención del 10% por régimen de honorarios puede ser abonada a una deuda con el fisco.

Hasta el 9 de mayo -para el caso de las declaraciones por internet sin pago- se extenderá la Operación Renta este 2016, proceso que se inició el pasado 1 de abril y que se espera reúna a más de 3,3 millones de contribuyentes, tanto personas como empresas.

Como es habitual, el Servicio de Impuestos Internos (SII) recomienda utilizar la propuesta que se ofrece en la web sobre otros medios de envío, donde se debe verificar que la información tanto propia como de terceros sea correcta.

Es importante destacar que las personas que hayan obtenido una renta inferior a 13,5 UTA ($7.282.710) durante el año no están obligadas a hacer el trámite. Tampoco trabajadores dependientes, pensionados, jubilados o montepiados que no tengan otras rentas distintas al sueldo o pensión. Además de vendedores ambulantes, suplementeros y pequeños mineros artesanales.

Con todo, durante el proceso surgen una serie de inquietudes, más allá de las tradicionales, como cuándo y dónde hacer el trámite, cálculo del mismo y los plazos de devolución. Por ejemplo, si la multa por presentar una declaración fuera de plazo puede ser descontada de la devolución que se solicita, o quién debe declarar los impuestos de una persona fallecida o si la pensión de sobrevivencia y otras rentas que recibe un menor de edad debe ser declarada por el padre, entre otras.

Los expertos en tributación Bernardo Marchant, socio líder de Tax Performance Advisory de EY, y Francisco Larraín, abogado del estudio Castillo & Prieto, junto al SII, responden a las «otras» interrogantes de los contribuyentes que surgen durante este período.

¿Es obligatorio realizar el proceso tributario con un contador?

No es obligatorio -asegura Marchant-, pero hay que considerar que en el escenario tributario de hoy existen muchos cambios y que no todos están lo suficientemente claros como para tomar decisiones y declarar, sobre todo aquellas personas que son poco entendidas en la materia. «Hay que considerar que para aquellos casos en que el Servicio de Impuestos Internos entrega una propuesta, esta no es más que eso. Si la persona no entiende lo que está declarando o qué significa el formulario, es mejor apoyarse en un especialista».

¿Se puede hacer la declaración a través de un smartphone o tableta?

Sí, el contribuyente debe ingresar a www.sii.cl. Eso sí, la función está disponible solo para personas que hagan declaración de renta sin pago; es decir, con remanente de crédito o sin impuesto a pagar, y que no tenga cálculo de cotizaciones, no tenga que reliquidar, ni necesidad de utilizar asistentes de cálculo.

Si se dio inicio de actividades el 30 de diciembre, ¿se debe presentar declaración por ese año?

Marchant explica que en este caso en particular, lo más probable es que la persona no haya tenido movimientos, por lo que en su formulario 22 solo declarará el recuadro del balance y capital en el reverso del formulario.

«Si la sociedad se ha creado por división o con utilidades reinvertidas, entonces debe informar además el recuadro FUT para mantener un control de estas utilidades, pero todo contribuyente de primera categoría que haya iniciado actividades durante el año comercial que se debe declarar deberá presentar en tiempo y forma su formulario 22», sostiene.

¿Es posible diferir el pago del impuesto a la renta?

Sí, se debe solicitar mediante la presentación del formulario 2117, consignando el monto del impuesto que desea diferir. Dicho monto deberá ser autorizado por el director regional respectivo, para luego ser ingresado a los sistemas del SII.

Eso sí, esta posibilidad conlleva una tasa de interés de 1,5% por mes o fracción de mes transcurrido después del plazo de pago. El trámite debe hacerse antes del 2 de mayo.

¿Se puede hacer el trámite fuera de los plazos estipulados por la autoridad?

Sí se puede; sin embargo, la forma de solicitar este servicio depende de cada dirección regional, por lo que se recomienda consultar directamente en la oficina del SII que le corresponda. Por ejemplo, una persona que no ha declarado sus ingresos en tres años, debe confeccionar su formulario por cada año de atraso, considerando que quedará sujeto a las multas establecidas, más los reajustes e intereses.

Bernardo Marchant dice que si se trata de una resolución, citación o una liquidación respecto a la operación renta, hay que verificar los plazos, porque en esos casos, los períodos son fatales y se regulan por el código tributario.

¿Cuáles son las multas asociadas a la entrega de información atrasada?

El impuesto impago se reajustará en el mismo porcentaje de aumento que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Por ejemplo, si la declaración debió ser presentada en abril y se entrega fuera de plazo en junio del mismo año, el IPC que se considerará comprende febrero (segundo mes antes del vencimiento) y abril (segundo mes antes del pago).

A esa cifra se le aplicará una multa de un 10%, siempre y cuando el retardo no sea superior a cinco meses. Luego de transcurrido este plazo, la multa aumentará en 2% por cada mes o fracción de mes de retraso, no pudiendo exceder el total de ella el 30% de los impuestos adeudados.

¿Las sanciones pueden ser descontadas de la misma devolución de tributos?

No, esta se gira y paga en forma independiente de la devolución. Se debe imprimir el formulario desde el sitio web para ser pagada en una institución financiera autorizada.

Si una persona tiene una deuda con el fisco, ¿puede abonarla utilizando la retención mensual de su 10% por régimen de honorarios?

Sí. El monto está determinado por el saldo a favor que determine un contribuyente en la declaración, el cual es compensado o abonado a la deuda que el contribuyente tiene pendiente en la Tesorería. Francisco Larraín explica que pueden ser todo tipo de deudas fiscales, incluyendo las contribuciones de bienes raíces. La compensación también puede ser solicitada por el contribuyente.

¿Debe hacer el trámite un independiente que deja de emitir boletas de honorarios por haber sido contratado como empleado dependiente?

No, si este percibe durante el ejercicio solamente renta en su calidad de empleado dependiente. Si emite boletas en el mismo periodo, sí debe presentar la declaración correspondiente.

¿Quién debe informar los impuestos de una persona fallecida?

Si una persona fallecida percibía rentas susceptibles de impuesto, la obligación de declarar es de los herederos, que pueden continuar utilizando el mismo RUT del causante hasta por tres años como máximo. Para recuperar el 10% de retención de honorarios del difunto, el heredero autorizado debe presentar los antecedentes.

¿Qué obligaciones tributarias tiene un extranjero con domicilio o residencia en Chile?

Las mismas que tiene toda persona radicada en el país; por lo tanto, un extranjero paga impuestos sobre las rentas generadas por fuentes de entradas situadas dentro y fuera del país. La excepción para una persona foránea está dada durante los tres primeros años de permanencia en Chile, contados desde su ingreso al país, pues solo debe pagar impuestos que tengan relación con las rentas que sean de origen nacional.

Un extranjero con permiso de trabajo y visa en trámite, pero aún sin RUT, ¿puede recuperar su 10% retenido por boletas de honorarios?

La ley dice que se debe obtener RUT previo a la prestación de los servicios, por lo que un extranjero no puede presentar la declaración de renta para recuperar el 10% retenido, como tampoco la empresa puede informar en la declaración jurada a personas que no tienen identificación. En caso de que esto ocurra, el contribuyente debe regularizar su situación presentando el formulario de aviso de inscripción al RUT e inicio de actividades para presentar su declaración de renta. Por su parte, la empresa retenedora debe regularizar la presentación de la declaración jurada respectiva.

¿Se pueden emitir boletas de honorarios u otros documentos tributarios en moneda extranjera?

No se puede; sin embargo, los contribuyentes que cuenten con resolución del SII pueden declarar y pagar por internet los impuestos en dólares estadounidenses. Francisco Larraín explica que para obtener la resolución se debe elevar una solicitud al SII. «Las personas que lo hacen suelen ser extranjeros que tienen inversiones en Chile, y se hace para llevar la contabilidad en dólares».

¿Las rentas generadas por contratos a honorarios en Isla de Pascua se encuentran afectas al impuesto a la renta?

No, ya que no constituyen rentas los ingresos provenientes de bienes situados o de actividades desarrolladas en la isla, obtenidas por personas naturales domiciliadas o residentes. ¿La razón? Larraín explica que por ser una zona geográfica especial, a través de este beneficio se les entrega fomento a la inversión y producción, para no recargar en demasía a los habitantes, ya que el costo de vida es más caro que en el resto del país.

Y una persona con contrato para trabajar en zonas extremas del país, ¿puede disminuir su impuesto por algún tipo de beneficio tributario?

Sí, tienen derecho a rebajar la cuota las personas que vivan en la I, XI, XII y XV Región y en la provincia de Chiloé, dependiendo de la actividad que realizan. Por ejemplo -explica Francisco Larraín-, de acuerdo a la ley Navarino, las personas que ejerzan actividades industriales, agroindustriales, agrícolas, ganaderas y mineras, instaladas en las comunas de Porvenir y Primavera, en Tierra de Fuego. Los requisitos son llevar contabilidad completa y emitir documentos especiales de ventas. Se establecen exenciones en IVA, impuesto a la renta y otros gravámenes aduaneros. El beneficio está vigente hasta el año 2035.

¿La jubilación debe ser considerada como renta?

Sí, la jubilación debe ser considerada como renta. Por ello, estará afecta al impuesto único a los trabajadores, el que es retenido y enterado al fisco mensualmente por la institución que paga la jubilación. Si la persona aparte cuenta con otro sueldo, debe reliquidar anualmente el impuesto único a los trabajadores.

¿Los intereses de una cuenta de ahorro de un hijo menor de edad deben ser declarados por el padre si solo tiene rentas provenientes de sueldos y por cualquier monto?

Sí, los intereses obtenidos por una cuenta de ahorro de un hijo menor de edad deben ser declarados por el padre o madre, y deberá aplicarse el límite exento de las 20 UTM, correspondiente al conjunto de rentas por intereses obtenidos por el representante del menor. Lo señalado significa considerar la situación personal de la persona obligada a presentar la declaración y al tipo de rentas que obtiene. Larraín señala que por ley los padres tienen el usufructo legal sobre los bienes de los hijos hasta que cumplen 18 años.

¿Qué impuesto debe pagar una persona que recibe un premio en dinero de un concurso?

Los premios de lotería ganados en Chile en general son rentas que están afectas al impuesto de primera categoría, global complementario o adicional, según corresponda. La lotería paga un impuesto, con tasa del 15% en calidad de impuesto único de la Ley de la Renta. Larraín agrega que los únicos premios exentos de pago de impuestos son las rifas de beneficencia autorizadas por decreto supremo, ya que no constituyen renta.

FUENTE: ESTRATEGIA ONLINE.