Energía solar en Chile: las modificaciones a la ley de generación distribuida que permitirán crear cooperativas energéticas.

La Ley de Generación Distribuida está enfocada en una generación individual de energía, es decir, si una persona particular tiene las condiciones ya sean monetarias o espaciales para poder instalar en su casa paneles solares, lo puede hacer, pero sólo su propiedad se verá beneficiada con esta instalación. La modificación permite colectividad.

El pasado sábado 18 de noviembre se publicó en el Diario Oficial una modificación a la actual Ley General de Servicios Eléctricos, con el fin de incentivar el Desarrollo de las Generadoras Residenciales. Este cambio permitirá la creación de cooperativas energéticas que podrán abastecer a varios sectores de la sociedad.

Varios estudios han demostrado que Chile es un país con una gran riqueza solar. De hecho si el 5% del territorio del desierto de Atacama tuviese paneles solares, la energía allí producida bastaría para abastecer a todo el territorio nacional.

El año 2014 se puso en marcha la Ley de Generación Distribuida 20.571 que regula el uso de distintos tipos de energías renovables no convencionales, en las que se encuentra la solar. Esta legislación contempla que aquellos clientes regulados que tengan tarifas reguladas, ya sean clientes residenciales, comerciales o industriales pequeños, colegios, etc. puedan utilizar sistemas de generación de energía eléctrica, basada en energías renovables no convencionales.

¿Cómo funciona la actual Ley?

Si se quiere instalar paneles solares en una casa, hay que solicitar a la empresa distribuidora del sector la conexión, esperar la respuesta -que siempre va a ser positiva- y luego construir el equipo de generación de energía.

Ya instalados los paneles, se debe hacer llegar esa información a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y una notificación de conexión a la empresa distribuidora. Este proceso puede durar máximo seis meses, luego de eso, el cliente y empresa firman contrato y la compañía distribuidora deberá supervisar la conexión del panel solar a las redes del hogar.

¿Qué pasa cuando el panel solar comienza a funcionar?

Según la actual Ley 20.571 de Generación Distribuida, la energía que se produzca en los paneles solares de una propiedad será contabilizada por el medidor bidireccional (que es instalado junto a los paneles), que tendrá el registro mensual del consumo energético de la casa.

Ese registro será descontado de las boletas que enviará la compañía distribuidora que está en el sector y cuando se produzca más energía de la que se consuma, la empresa de electricidad lo descontará de las boletas siguientes según el reajuste del IPC.

Y si en el periodo de tiempo establecido en el contrato con la compañía eléctrica (por ejemplo en un año) aún hay saldo a favor, este será pagado por medio de vale vista u otro medio, que será informado previamente través de una carta.

Modificación a la ley

El denominado Net metering (Medición neta) es el que descuenta el aporte energético del panel solar a la cuenta de luz de la compañía eléctrica. Durante el 2018, el Instituto de Ecología Política (IEP) trabajó para modificar la ley de Generación Distribuida y poder hacer un Net Metering Virtual comunitario.

Manuel Baquedano, presidente del Instituto de Ecología Política -que está conduciendo esta modificación-, explica que al cambiar la legislación se pasa de “situaciones individuales a colectivas”, lo que significa que “sea viable la creación de comunidades energéticas con asociativas con distintas formas, ya en forma de cooperativa, en forma de contrato de personas en forma particular” o lo que se estime en el reglamento que aún se encuentra en discusión.

¿Qué significan las cooperativas energéticas?

El directivo del IEP señala que la idea de la creación de estas cooperativas es para que aquellas personas que no tienen el espacio suficiente en el lugar donde viven para instalar un panel solar, por ejemplo, personas que viven en un edificio se puedan agrupar y conformar una asociación o cooperativa que les permita instalar en un lugar distinto a su casa los paneles necesarios o que estimen convenientes para la generación de energía y “en forma virtual la generación que se produce se descuenta de cada una de las cuentas que tiene uno en la casa”.

El reglamento de esta ley se discutirá el próximo miércoles 5 de diciembre en la Región Metropolitana. Para la ocasión vendrán expositores de otros países como Brasil y Alemania que en la actualidad cuentan con un sistema energético de cooperativas.

Las cooperativas energéticas en Brasil

Brasil tiene una historia económica basada en el cooperativismo, desde la colonia portuguesa hasta la actualidad. Dentro de esta cultura de colaboración es que surgen asociatividades de distintas áreas, entre ellas las de energía.

Según Decoop Chile, desde el año 2016 el Estado brasileño da un incentivo financiero a aquellas personas particulares o empresas que produzcan energía a través de sistemas fotovoltaicos.

La página Somos Cooperativismo, que alberga a la gran mayoría de las cooperativas del país carioca, señala que actualmente cuentan con 27.500 plantas de generación distribuida y 39.500 unidades de consumo, donde se contabilizan 80 cooperativas que generan y distribuyen energía a 205 unidades consumidoras.

El gobierno brasileño espera que al año 2030, 2.7 millones de unidades consumidoras obtengan su energía a través de la generación distribuida, actualmente las cooperativas energéticas Cariocas trabaja en una alianza con las asociatividades de Alemania, para que puedan cumplir con este objetivo.

Fuente: https://www.elmostrador.cl/