CLAUSULAS ETICAS DE COMERCIO JUSTO PARA LOS CONTRATOS Y CONCESIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

El delegado de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Carlos Sánchez Mato, ha firmado esta semana lainstrucción que permite avanzar en la introducción de criterios sociales, ambientales, éticos y de innovación para el Ayuntamiento, los organismos autónomos y las entidades municipales.

A partir de ahora la cláusula ética de Comercio Justo deberá incluirse en licitaciones de contratos, otorgamiento de concesiones, autorizaciones y negocios jurídicos patrimoniales en régimen de concurrencia celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus organismos autónomos y las entidades municipales que tengan por objeto los servicios de hostelería y restauración.

La instrucción se centra en la contratación pública relativa a restaurantes, cafeterías, comedores y otros servicios de comidas (catering), máquinas expendedoras y suministros de productos de alimentación. En las adjudicaciones y autorizaciones de este ámbito, las cláusulas de Comercio Justo serán un criterio de adjudicación.

Los productos de Comercio Justo incluidos son café, té y otras infusiones, azúcar, caramelos, galletas, crema de cacao, cacao instantáneo, cacao puro, bombones, tabletas y barritas de chocolate. Se trata de los productos de Comercio Justo para los que existen garantías de suministro. Es decir, que se comercializan en una cantidad suficiente para cubrir las necesidades de un contrato municipal.

Incorporación de las cláusulas de Comercio Justo

En septiembre del pasado año, el concejal de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid modificaba la Instrucción 3/2012, que establecía medidas sobre la contención del gasto en la contratación municipal, dejando sin efecto la obligatoriedad de que el precio más bajo determinara la elección de la empresa que prestaría los servicios públicos cuando se utilice más de un criterio de valoración. Y la novedad ahora, con la firma de la instrucción de cláusulas éticas esta misma semana, es la obligatoriedad de incorporar dichas criterios de Comercio Justo en los procedimientos de licitación contractual y no contractual de una forma homogénea y estructurada.

El Área de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid ha requerido la participación de todas las áreas de Gobierno, distritos, organismos autónomos y entidades del sector público para redactar la instrucción. Y también ha mantenido reuniones con las ONG de Comercio Justo, nacionales y europeas, y entidades de la economía social para incluir todas aquellas observaciones que aportaran mayor claridad a dicha disposición. Además, los técnicos municipales han recibido una acción informativa.

Las certificaciones sobre Comercio Justo mencionadas en la instrucción incorporan la norma ISO 17065 FLOCERT, etiquetas Fairtrade o WFTO reconocidas a nivel internacional o cualquier otra semejante. Para facilitar la aplicación de la disposición se ha incluido en la misma un recopilatorio de cláusulas de Comercio Justo y responsable a modo de guía de implantación.

La instrucción aprobada se enmarca en la estrategia del Gobierno municipal de Madrid para introducir criterios sociales, ambientales, éticos y de innovación para el Ayuntamiento, los organismos autónomos y las entidades municipales.

FUENTE: COMERCIOJUSTO.ORG