Conoce cuáles son las nuevas Resoluciones Administrativas Exentas sobre Cooperativas, disponibles en la Web de la DAES

Ya están disponibles en www.economiasocial.economia.cl, cuatro Resoluciones Administrativas Exentas dictadas en 2016 a propósito de las modificaciones a la nueva Ley General de Cooperativas, que buscan facilitar la comprensión y aplicación de la normativa para todas las entidades cooperativas.

En línea con lo establecido en los artículos 19° y 38° del texto legal, las resoluciones publicadas explican el proceso de constitución e incremento anual de las reservas obligatorias por parte de las cooperativas, especificando procedimientos en los casos de la Reserva Legal y de la reserva de devolución de cuotas de participación para casos excepcionales. Asimismo, explicitan cuál debe ser el destino de la llamada Reserva 6° Transitorio para las cooperativas que están exceptuadas de constituir Reserva Legal, e instruyen cuál es la línea de acción para aquellas entidades que no han dado cumplimiento –total o parcialmente-, a lo establecido en los artículos antes citados.

Según la Jefa de la DAES, Natalia León, con la difusión de estas resoluciones, las cooperativas podrán tener mayor conocimiento de la normativa vigente en cuanto a la interpretación y entrada en vigencia de la nueva Ley: “Buscamos informar de estos aspectos a las distintas cooperativas y al público en general, y mostrarles cuál es el accionar para regularizarse en el caso de incumplimiento –ya sea por desconocimiento o mala interpretación del texto legal-, y de esa manera evitar futuras sanciones”.

RAES en detalle

Las resoluciones disponibles para su descarga a través de la web de la DAES son las siguientes:

  • RAE 2139, dictada el 4 de julio de 2016, que establece el procedimiento para la constitución y aplicación del Fondo de Provisión de 2%, destinado a la devolución de cuotas de participación en casos excepcionales.
  • RAE 3861, del 29 de noviembre del mismo año, que define específicamente los pasos para constituir e incrementar la Reserva Legal y para aplicar la Reserva Artículo 6° Transitorio.
  • RAE 4143, del 27 de diciembre, que indica los procesos de normalización para las cooperativas que no han dado cumplimiento integral a lo dispuesto por la Ley General de Cooperativas, en relación con el Fondo de Provisión del 2% y el Fondo de Reserva Legal.
  • RAE 4161, del 30 de diciembre, que faculta a cooperativas para absorber pérdidas con reserva Artículo 6° Transitorio.

FUENTE: DAES

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