CORTE SUPREMA POR LEY QUE BUSCA PENAR FILTRACIONES DE INVESTIGACIONES

«No es necesario ningún tipo de modificación sobre esta materia»

El vocero del máximo tribunal, Milton Juica, aseguró que «el sistema está resguardado desde el punto de vista procesal y desde el punto de vista penal», porque existe «el delito desde el punto de vista de la divulgación de materias que existen en la investigación del Ministerio Público».

El vocero de la Corte Suprema, Milton Juica, se refirió a las eventuales modificaciones que han planteado algunos políticos a la ley de filtraciones. “No es necesario ningún tipo de modificación sobre esta materia, porque actualmente el sistema resguarda esos problemas”, dijo.

En este sentido, aseguró que “hoy por hoy, el sistema está resguardado desde el punto de vista procesal y desde el punto de vista penal. Ahora si hay alguna idea de modificar, evidentemente o se modifica el código procesal penal o se modifica el código penal, estableciendo un delito especial. Pero el delito existe desde el punto de vista de la divulgación de materias que existen en la investigación del Ministerio Público”.

El vocero explicó que el código contempla situaciones de reservas o de secreto, “la principal de ella está relacionada con una actividad que no es jurisdiccional, que es la actividad de investigación que realiza la policía y el Ministerio Público, en la que la ley perentoriamente indica que todas esas actuaciones son secretas, secreta para terceros y semisecretas para los imputados o intervinientes cuando lo disponga expresamente el Ministerio Público».

Agregando que «de tal manera, de que no debiera trascender hacia el exterior, hipotéticamente, investigaciones que realiza el fiscal o la policía, porque la ley señala que eso es secreto. Eso a su vez tiene una correspondencia penal, porque el código penal establece una sanción de carácter penal para aquellas personas, empleados públicos que incumplan la obligación del secreto o aquella persona que tenga la obligación de guardar un secreto no puede divulgarlo bajo sanción de pena”.

FUENTE: PULSO