La Declaración de Renta 2026 comenzará en abril y volverá a concentrar la atención de personas naturales y empresas. El proceso, regulado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), se realizará principalmente de manera online a través de su sitio web oficial, donde estarán disponibles los formularios, herramientas y orientaciones necesarias.
Como es habitual, el ciclo parte en la primera semana de abril. Por ello, se recomienda revisar con anticipación los plazos vigentes, las exigencias legales y las eventuales consecuencias de no cumplir con esta obligación tributaria.
Quiénes deben declarar como personas naturales
En el año tributario 2026 deberán presentar su declaración quienes:
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Superen el monto anual de ingresos fijado por el SII.
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Perciban rentas de más de un empleador o pagador.
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Emitan boletas de honorarios.
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Obtengan ingresos combinados por sueldo y honorarios.
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Hayan solicitado el Préstamo Solidario en 2020 o 2021.
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Generen ingresos por ventas o servicios tras iniciar un emprendimiento.
No estarán obligadas las personas que hayan recibido ingresos solo de un empleador y no tengan rentas adicionales. Sin embargo, declarar puede ser conveniente si se busca acceder a devoluciones, beneficios o reliquidaciones.
Empresas y sociedades
En el caso de las empresas, la declaración es obligatoria sin distinción de tamaño o actividad económica. Todas las sociedades deben presentar declaraciones juradas y antecedentes exigidos por la autoridad tributaria.
El SII publica un calendario oficial con fechas clave y habilita plataformas digitales para completar el trámite, que usualmente se extiende entre abril y mayo. Mantenerse informado permitirá cumplir con la obligación fiscal dentro de los plazos establecidos.


