La agonía seca de Quintay: inmobiliaria Santa Augusta concentra el 99 % de los derechos de agua mientras habitantes no tienen para beber

La agonía seca de Quintay: inmobiliaria Santa Augusta concentra el 99 % de los derechos de agua mientras habitantes no tienen para beber

Para los habitantes de la localidad de Quintay, en la Quinta Región, la situación que viven a diario con la escasez de agua potable para consumo humano, los hace verse a sí mismos como el ejemplo más brutal de la desigualdad, al no tener acceso a ella ni para beber, mientras su vecinos, el resort y cancha de golf Santa Augusta, lucen sus predios rebosantes del vital recurso, tras poseer el 99% de los derechos de agua consuntivos en la zona y contar con piscinas artificiales de agua dulce para su regadío. Detrás de este consumo desmedido –de acuerdo a lo señalado en sendos recursos que se encuentran en tribunales– estaría la razón por la cual se secó el estero El Jote, que históricamente proveía del vital elemento a la comunidad, y en la misma situación se encontraría ahora el Humedal Tunquén, cuyas aguas provienen del estero Casablanca, también de propiedad de Santa Augusta. Para adquirir tales derechos –según se estableció durante los alegatos de un recurso de apelación presentado ante la Corte Suprema y cuyo fallo debiera conocerse en las próximas semanas–, la inmobiliaria utilizó distintas empresas relacionadas (tipo cascadas), pero con el mismo representante legal, Francisco Javier Sepúlveda Donato, para reunir en torno a ella prácticamente todos los derechos de aprovechamiento del recurso existentes en la zona.

Cuando la Corte Suprema, en marzo de este año, sentenció en fallo unánime que «toda persona, por su dignidad de tal, tiene el derecho humano de acceso al agua potable, en condiciones de igualdad y no discriminación” y dispuso la obligación al Estado de proveer de al menos 100 litros de agua diarios y por persona a los habitantes de las comunas de Petorca, Cabildo y La Ligua, no tenía en vista la situación de la localidad de Quintay, en la provincia de Casablanca. Si en Petorca sus habitantes estaban viviendo con menos de 50 litros diarios, en Quintay la situación es incluso más dramática, habiendo días en que no hay ningún litro que contar: simplemente no hay agua potable. Y cuando la hay, viene contaminada…

En el mismo lugar, a los vecinos del resort Santa Augusta –donde está emplazada una de las mejores canchas de golf de Sudamérica, que cuenta con tres piscinas artificiales de agua dulce para su regadío– no les pasa lo mismo. Las distintas sociedades que componen la Inmobiliaria Santa Augusta son dueñas del 99% de los derechos de aprovechamiento de aguas existentes en la zona.

La situación de los habitantes de Quintay se ubica en el extremo de la desigualdad: en el extremo más pobre. Para intentar frenar la expansión inmobiliaria de Santa Augusta, que se halla en el otro extremo, y que obtuvo autorización para edificar dos nuevos megaproyectos inmobiliarios en dicho resort, lo que afectaría todavía más la disponibilidad de agua, la comunidad espera atenta el pronunciamiento de la Corte Suprema, que analizó estos antecedentes vía recurso de apelación, para que pueda volverse una realidad –también para ellos– lo sostenido en el fallo de Petorca, en cuanto a que «toda persona, por su dignidad de tal, tiene el derecho humano al agua potable».

Ni para una taza de té

En Chile, el derecho humano al agua no se encuentra garantizado en ninguna norma, pese a que Naciones Unidas reconociera, explícitamente y hace más de 10 años, que el agua potable limpia y el saneamiento son «esenciales para vivir dignamente, y una condición previa para la realización de los demás derechos humanos».

Pese a este reconocimiento, que incluso llevó al relator especial de Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos al Agua y al Saneamiento, Leo Heller, a aseverar categóricamente que el «Gobierno chileno no cumple sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos si da prioridad a proyectos de desarrollo económico sobre los derechos humanos al agua y a la salud”, la situación en Quintay se convierte silenciosamente en la demostración de todo lo contrario.

«No tener para una taza de té. No tenemos agua potable para tomar algo caliente, tampoco para lavar la ropa ni para bañarnos». Alejandra Porras, secretaria de la Junta de Vecinos de Quintay, que junto con otros dirigentes, con el apoyo del Comité pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar, están dando la pelea para que el derecho humano al agua potable sea una realidad en su comunidad, remarca que en sus palabras no hay un atisbo de exageración. «Es triste, da pena, rabia e impotencia», agrega.

Los vecinos de Quintay vienen sufriendo hace varios años una crisis ambiental que en el último trienio ha llegado a un punto límite. Los miembros de la comunidad ya en 2018, al realizar las observaciones al Proyecto del Plan Regulador Comunal de Casablanca, advertían que el peligro de una crisis hídrica de magnitudes era irrefrenable, pero no fueron escuchados. Por entonces, precisaban que la situación más compleja se observaba en la época estival, donde se produce un aumento de la población flotante de hasta un 300%, generando una mayor demanda para los servicios de consumo humano y para servicios higiénicos, lo que provoca un desabastecimiento en la población de Quintay.

«Hace tiempo que venimos quedando sin agua, pero todo se vuelve peor cada día. Ya no es solo en los veranos. Los que tienen recursos pueden comprar agua envasada, pero tampoco pueden hacerlo todo el tiempo. Y, junto a esto, que ni siquiera se puede tener agua potable para lavarse los dientes, se suma el problema económico por la suspensión de las actividades turísticas por el tema de la pandemia», relata Alejandra.

Monopolio en los derechos de agua

Según el Informe Ambiental Complementario, uno de los factores que consume el agua subterránea es el de las plantaciones de monocultivo, de pino y eucalipto, en los alrededores y valles circundantes a las fuentes del recurso y quebradas que otorgan agua a Quintay. En la sección 4.3.2 de dicho informe, se confirma que “la reciente sequía ha afectado la productividad de la napa alimentada por el estero El Jote, a lo que se puede sumar la forestación con eucaliptus que altera significativamente la productividad específica de su cuenca».

Asimismo, la comunidad ha iniciado un proceso de judicialización, con la presentación de recursos de protección en los cuales han detallado que, junto con el problema de los monocultivos, la gran causa de la sequía del estero El Jote es el Condominio Santa Augusta, el que, además de recibir una importante cantidad de personas, cuenta con una cancha de golf –la más grande de Sudamérica–, para lo cual requiere de 30 litros de agua por segundo para cubrir la necesidad de regadío, lo que pone de manifiesto el fuerte impacto que trae aparejado un proyecto inmobiliario de proporciones en una zona donde el equilibrio hídrico ya se encuentra fuertemente desbalanceado.

Según consta en archivos fotográficos que datan de enero de 2020 y que fueron incorporados en los recursos presentados ante la justicia, «se puede observar que el estero El Jote se encuentra prácticamente seco y que es extremadamente probable que aquello sea consecuencia de la intervención ilegal y arbitraria de Santa Augusta», dado que posee prácticamente el monopolio de los derechos de aprovechamiento de aguas en la zona.

Gabriel Muñoz, abogado de la comunidad en representación del Comité Pro Defensa, explica que Santa Augusta no solo es propietaria de prácticamente todos los derechos de aprovechamiento de aguas del estero El Jote, con el cual históricamente se nutría de agua la población y que ahora está seco, sino que además posee los derechos de aguas del estero Casablanca, con lo que suman el 99% de los derechos de aprovechamiento de aguas, de carácter consuntivo, o sea, que se consumen y no se devuelven al cauce de los ríos y acuíferos.

Así como se secó el estero El Jote, la utilización de los recursos hídricos del complejo Santa Augusta también estaría afectando al Humedal Tunquén, Santuario de la Naturaleza, que es nutrido por las aguas del estero Casablanca.

Tal como consta en un escrito presentado ante la Corte Suprema el 2020, «el Humedal de Tunquén, declarado Santuario de la Naturaleza por el Decreto N° 75 de fecha 10 de octubre de 2014, se encuentra actualmente en una situación límite. La cantidad de agua con la que cuenta se encuentra muy por debajo de los niveles necesarios para mantener su equilibrio ecológico. A finales del pasado mes de noviembre, vecinos del sector se acercaron al humedal y constataron que un sinnúmero de peces se encontraban muertos, fuera del agua. (…) Lo ocurrido en el Humedal de Tunquén se encuentra en estrecha relación con lo que sucede en el Estero de Casablanca y la actividad inmobiliaria (de Santa Augusta) que, para desplegarse, extrae recursos hídricos del mismo estero Casablanca».

-¿Cómo se hicieron de toda esa propiedad?

-Desde fines de los ochenta, en dictadura, y luego en los 90, en democracia, se han venido adjudicando todos los derechos. Es más, Santa Augusta en el 2001 incluso se opuso a que se le concedieran derechos de agua a la comunidad, ello por el daño que provocaría a la inversión privada. ¿Y cómo lo hicieron? A través de concentrar derechos de agua, en forma de cascada, en sus distintas personalidades jurídicas.

Bajo el concepto de la teoría jurídica del «velo societario», a través del cual se permite entrar en el entramado de una empresa (o grupos de empresas) y así evitar que esconda sus responsabilidades en un enjambre de sociedades, se trata –según explica el abogado Gabriel Muñoz– indudablemente de un holding de empresas relacionadas que fueron adquiriendo derechos a través de las personalidades jurídicas de la Sociedad Inmobiliaria Santa Augusta, el Condominio y el Campo de Golf Santa Augusta de Quintay, por Hotelera Santa Augusta S.A. y/o también Costa Quintay I y II, personas jurídicas que cuentan con el mismo representante legal, Francisco Javier Sepúlveda Donato.

La paradoja: hay más derechos concedidos que agua disponible

El reconocimiento del agua como un derecho en el Código de Aguas está congelado hace 10 años en el Congreso, por contener la frase: “El acceso al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial e irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado”. Los problemas siempre han sido los mismos: que las modificaciones atentarían contra el derecho de propiedad.

Si bien existe suficiente consenso en que el problema del agua debiese ser resuelto en la nueva Carta Magna, el tema constitucional fue analizado recientemente por el actual Congreso y en plena vigencia de la Constitución del 80. Para arribar a la instancia de votación para abrir el debate constitucional de las aguas, tuvieron que transcurrir 12 años. Se requerían 29 votos a favor en el mismo Senado que aprobó el primer y segundo retiro del 10% de los fondos de las AFP.  Pero no fueron a votar los senadores Allamand, Harboe, Kast, Prohens, Pugh y la senadora Von Baer; y votaron derechamente en contra las senadoras Aravena, Ebensperger y Van Rysselberghe, además de los senadores Coloma, Castro, Durana, García-Huidrobro, García, Moreira, Ossandón, Sandoval y Pérez. Y el proceso fracasó.

A juicio de los expertos, el ejemplo más claro de cómo el modelo chileno de gestión del agua le entrega su asignación en términos absolutos al mercado, se da en aquella paradoja de que para suministrar agua a localidades en escasez, el Estado debe comprarla a aquellos privados que en gran número la recibieron gratis del propio Estado. Eso es lo que ocurre hoy: el Estado compra, a través de los fondos de emergencia de la Onemi y de los Gobiernos Regionales, camiones aljibes para distribuir agua.

La Región de Valparaíso, a la que pertenece Quintay, es un buen ejemplo de ello: en esta región se han otorgado derechos de agua más de siete veces por sobre el agua existente.

Agua contaminada

Junto a la escasez hídrica, desde hace años que el comité del APR (Agua Potable Rural) viene suministrando, a la comunidad de Quintay, agua que no es potable como si lo fuera. «Lo compruebas cada vez que juntas agua. El agua es de color café, es salobre, y a veces viene con mal olor. Yo tengo un hijo de menos de dos años y, hace poco, lo estaba bañando cuando el agua comenzó a ponerse café y tuve que terminar de bañarlo así. Luego comenzó con alergia a la piel. Eso les ha sucedido a varias mamás de Quintay, te pica el cuerpo, la cabeza…», detalla Alejandra Porras.

Por situaciones como esta, la comunidad que tiene recursos muy limitados, de igual forma reunió dinero y contrató un estudio particular para que analizara las aguas –estudios en que no participaron ni la municipalidad ni Santa Augusta– y el resultado fue lapidario.

El agua arrojó que distintos niveles químicos superaban hasta en un 300% el máximo legal estipulado por los organismos de salud. Se detectó que el máximo de hierro se triplicaba, y más del doble de manganeso, nitratos y sólidos disueltos, entre otros químicos. Según el análisis, la ingesta recurrente e indiscriminada de estos químicos puede afectar el sistema nervioso, generando alteraciones motoras, enfermedades de origen cardiovascular e, incluso, la muerte.

Con esos datos, presentaron un primer recurso contra la APR de Quintay, la Seremi de Salud y la inmobiliaria, dado que el agua para el consumo de los vecinos de Quintay estaba contaminada. Un segundo recurso fue interpuesto contra la Municipalidad de Casablanca, a fin de que el municipio entregase suficiente agua libre de contaminación en los estanques dispuestos al efecto. Este último fue acumulado al recurso anterior por tratarse de las mismas garantías constitucionales y ambos fueron acogidos el 22 de mayo de 2020 por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

En el fallo se ordenó al Comité APR de Quintay realizar en el más breve plazo, que no podría exceder de seis meses contados desde la fecha del fallo, la instalación de Filtro Abatidor de Hierro y Manganeso y de la Planta de Osmosis Inversa que le permitiría obtener 400 mil litros de agua al día. Se ordenó, asimismo, a dicho Comité, que dentro del plazo señalado, con independencia de la instalación de las obras aludidas, debía proveer agua potable a la comunidad de Quintay, ajustada a la norma contenida en el Decreto 735, Ministerio de Salud, la que deberá ser apta para el consumo humano.

Y, por último, se ordena a la Seremi de Salud de Valparaíso fiscalizar el estricto cumplimiento a las obligaciones fiscalizadoras que emanan del Decreto 735, del Ministerio de Salud.

«En noviembre se cumplió el plazo y la comunidad de Quintay sigue sin agua y la que tiene no es potable como lo exige la ley, con todas las consecuencias que ello trae», afirma Hernán Madariaga, vocero del Comité Pro Defensa.

Megaproyectos inmobiliarios

Uno de los últimos recursos contra Santa Augusta fue uno de protección, interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso y que fue rechazado por atribuir a un permiso de edificación equivocado las autorizaciones para que la inmobiliaria, en pleno conocimiento de la escasez hídrica y de la dramática situación de la comunidad de Quintay, iniciara una expansión a través de dos megaproyectos en la deprimida zona.

En lo medular, en el escrito –presentado por Corporación Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y los vecinos de la comuna de Quintay– se señala, respecto del Proyecto Alto Quintay, que se trata de un acto ilegal, al ser concedido por la Dirección de Obras de Casablanca el permiso de edificación sin contar con el Estudio de Impacto Ambiental que permita evaluar cómo impactará al consumo hídrico la expansión inmobiliaria, situación que, a juicio de los vecinos, afecta directamente el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación.

«El Proyecto Alto Quintay produce una serie de riesgos inminentes a los recursos hídricos de la zona. Ello trae aparejado, por cierto, un impacto de proporciones a la localidad de Quintay y a todos y cada uno de sus habitantes, esclareciendo la subsunción que debe realizarse entre los hechos objeto del presente recurso y el artículo 11 letra b), letra c) y letra e) de la Ley N° 19.300. El no haber sometido el proyecto Alto Quintay a un instrumento de evaluación de impacto ambiental no solo es reprochable desde el sentido común, sino también desde un punto de vista legal».

Tras ser rechazado el señalado recurso, la comunidad elevó una apelación ante la Corte Suprema, cuyos alegatos se llevaron a cabo a fines del año pasado, quedando el fallo en acuerdo.

«Esperamos que el fallo se conozca dentro de las próximas semanas y que, en definitiva, acoja los argumentos de la gente para que no solo se garantice el derecho humano al agua, como en el fallo de los 100 litros de Petorca, sino que también se detenga el deterioro socioambiental en la zona», subraya el abogado de la comunidad de Quintay, Gabriel Muñoz.

Fuente : elmostrador.cl