Los nuevos beneficios para las cooperativas agrarias y sus socios

En virtud de esta nueva Ley, las cooperativas que realicen actividad agraria y las Asociaciones Agrarias que se transformen a Cooperativa, gozarán de todos los beneficios aplicables a las mypes.

Cooperativas agrarias. (Foto: Difusión)

La Ley de Perfeccionamiento de la Asociatividad de los Productores Agrarios en Cooperativas Agrarias, Ley 31335, tiene por objeto facilitar que los micro y pequeños productores compitan con las empresas más grandes del sector, así como dinamizar el mercado por las interacciones constantes entre la oferta y la demanda.

La norma busca atacar el minifundio, como principal problema de una economía de subsistencia de los micro y pequeños productores promoviendo su acción cooperativizada. La implementación de la Ley N° 31335 es esperanzadora, ya que promueve el crecimiento económico de las zonas rurales y beneficia el dinamismo del mercado.

En virtud de esta nueva Ley, las Cooperativas y Centrales Agrarias, Cooperativas Comunales que realicen actividad agraria y las Asociaciones Agrarias que se transformen a Cooperativa, gozarán de todos los beneficios aplicables a las mypes; tendrán una bonificación del 10% en contrataciones con el Estado; no pagarán Impuesto a la Renta ni IGV por operaciones con sus socios; otros ingresos pagarán una tasa reducida (15%) del Impuesto a la Renta; podrán solicitar la devolución del saldo a favor del exportador; podrán solicitar la devolución del IGV; y no pagarán alcabala por la adquisición de inmuebles y los socios estarán inafectos al Impuesto a la Renta por los primeros S/ 138,000 de ingresos.

Para gozar de los beneficios antes señalados, las cooperativas y centrales deben acreditar su inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias a cargo del Midagri (RNCA), Registro que fue creado por la misma Ley N° 31335, recientemente reglamentado (D.S. 023-2021-MIDAGRI) y que ya ha comenzado a operar.

Las cooperativas y centrales inscritas en Registros Públicos al 10 de agosto de 2021 tienen hasta el 21 de febrero de 2022 para solicitar su inscripción en el RNCA, sin que sea obligatorio que tengan adecuado su estatuto a la Ley 31335, lo cual deberán hacerlo luego de obtenida su inscripción en el RNCA. 

Por otra parte, las cooperativas y centrales que se constituyan a partir del 11 de agosto de 2021, deberán contar con su estatuto adecuado a la Ley 31335 al momento de solicitar su inscripción en el RNCA a cargo del Midagri.

El procedimiento es totalmente gratuito y está previsto que en un plazo máximo de 10 días hábiles se obtenga la inscripción en el RNCA. Vencido el plazo, operará el silencio administrativo. La primera cooperativa agraria que ha logrado su inscripción (Registro Nº 001-2021) fue Norandino, ubicada en Piura, vinculada a las cadenas productivas de café, cacao y panela, integrando a más de 4,000 socios productores.

El RNCA permitirá identificar y conocer la realidad de las cooperativas agrarias para implementar o perfeccionar políticas de Estado que les facilite su desarrollo de una manera competitiva. El modelo cooperativo de servicios se encuentra más vigente que nunca pues permite potenciar a los micro y pequeños productores en su rol de compradores como de vendedores. La Cooperativa actúa como un representante de los socios en el mercado, para adquirir los insumos y demás bienes que requieran al mejor precio posible (por volumen) y luego para vender la producción de los socios en el mercado nacional o internacional al mejor precio posible (cantidad/calidad). Viene demostrando ser un modelo más eficiente que el de la asociación civil, razón por la cual la propia Ley N° 31335 promueve la transformación de estas entidades a cooperativas. Según el propio Midagri, se espera que se inscriban cerca de 500 cooperativas agrarias, las que representan a unos 130,000 micro y pequeños productores.

Fuente: gestion.pe