
DT aclara que cooperativas de servicios sanitarios rurales deben pagar gratificación legal, mientras que comités de agua potable no
La Dirección del Trabajo (DT) estableció que las cooperativas reguladas por la Ley N°20.998 deben pagar gratificación legal a sus trabajadores si llevan contabilidad y obtienen excedentes, mientras que los comités de agua potable quedan exentos de esta obligación.
Columna
Permisos laborales con derecho a remuneración para Consejeros de Cooperativas

Marcelo Cáceres Hurtado
Master en Economía Social y Empresas Cooperativas
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