Publican en Diario Oficial Ley Que Exime del Pago de IVA a los APR

Desde hace sesenta años, las zonas rurales de Chile se abastecen de agua potable a través del Plan Básico de Saneamiento Rural. Actualmente, más de dos mil sistemas de agua potable rural (APR) siguen en operación, gestionados por la comunidad mediante Comités o Cooperativas con el apoyo del Estado.
Históricamente, estos servicios sanitarios rurales no pagaban impuestos hasta el año 2011, cuando comenzaron a ser gravados. Sin embargo, posteriores interpretaciones del Servicio de Impuestos Internos los dejaron exentos nuevamente, creando incertidumbre en su tratamiento tributario.
La entrada en vigencia de la ley Nº 21.420 en 2022, que modifica diversas exenciones tributarias, puso de relieve la necesidad de un cambio normativo para aclarar el tratamiento tributario de los APR. Esta ley exime del pago del IVA a los operadores de servicios de agua potable rural, siempre que estén registrados adecuadamente.
Este régimen tributario especial reconoce la importante labor de los APR, que no solo abastecen a hogares, sino también a instituciones municipales, colegios y servicios de emergencia como el Cuerpo de Bomberos. La normativa especifica que los servicios prestados entre operadores de APR, o entre asociaciones de operadores, también estarán exentos de IVA si garantizan la continuidad del servicio.
Para acceder a esta exención, los nuevos operadores deben estar inscritos en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales antes de comenzar a prestar servicios. Los operadores ya activos se beneficiarán de la exención a partir del mes siguiente a su inscripción en el Registro.
Además, las operaciones de APR realizadas al Cuerpo de Bomberos, establecimientos educacionales municipales y bienes raíces municipales también estarán exentas del IVA. Anualmente, el ministerio debe informar al Servicio de Impuestos Internos sobre los operadores inscritos en el Registro hasta el 31 de diciembre del año anterior.
Las operaciones de los APR no especificadas en esta normativa seguirán las reglas generales del IVA.
Fuente: La Ley Al Día
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